Contenido principal

Dirección de Comercio

Dirección de Comercio: José Gómez 1.651

Teléfono: 3777- 434470 / 3777-821010

Horarios de Atención: 7:00 a 13:00hs

E-mail: dir.industriacomercioservicios@gmail.com

La Dirección de Comercio es el área encargada, junto a otras dependencias municipales intervinientes, de controlar y fiscalizar el total cumplimiento de requisitos establecidos por RESOLUCIÓN N° 1337/10 para establecimientos comerciales ubicados dentro del radio de la ciudad de Goya. Como así también, de la emisión de Habilitaciones, Bajas, cambio de rubros entre otros trámites. Llevar adelante estadísticas en todo lo referido a la actividad mercantil en el radio de la Ciudad de Goya, todo ello con la finalidad de lograr un control eficaz por parte del Estado Municipal con el objetivo de mejorar la actividad Comercial/Servicios.

FORMULARIOS

 


Habilitación de Establecimientos

 

1-Prefactibilidad del lugar que deberá ser realizado por la subsecretaria de planeamiento.

2- Formulario de Habilitación Comercial (F.001) debidamente cumplimentado.

3- Libre Deuda del inmueble y del contribuyente expedido por Subsecretaria de Hacienda

4- Fotocopia de DNI (Personas Físicas) – Fotocopia de Estatuto (Personas Jurídicas) y DNI de Autoridad

5- Constancia de CUIT expedida por AFIP

6- Declaración Jurada debidamente cumplimentada

7- Libre de deudas expedido por tribunal de faltas.

8- Local comercial hasta 30 M² 1 extintor de 5 Kg ABC. Cartel señalización de salida y de prohibido fumar    luz de emergencia

9- Documentación técnica aprobada (plano), visación de bomberos y elementos de seguridad. Corresponderá en caso de que el local supere los 30 mts.

10- El personal al frente del establecimiento deberá contar con Libreta Sanitaria y Certificado de Fumigación expedida por Bromatología (actualizada).

 

Nota:

  • En el caso de actividades reguladas por organismos específicos, adjuntar autorización o permiso correspondiente (Estaciones de servicios, Agencias/ Sub de Quiniela, Rapipago /Pago fácil, Antenas, Institutos de Enseñanza, Establecimientos para la salud humana, etc.).
  • Casos en que se deberá contar con los efluentes industriales: los establecimientos industriales y/o especiales, que produzcan en forma continua o discontinua vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquéllos o conductos cloacales, pluviales o a un curso de agua, de modo que directa o indirectamente puedan contaminar las fuentes de agua, dañar las instalaciones de la Empresa Prestadora o afectar la salud de la población.
  • En el caso de que el o los propietarios sean foráneos o no acrediten un domicilio legalmente constituido en el Departamento de Goya con una antigüedad mínima  de tres (3) años, deberán demostrar fehacientemente el impacto positivo para la economía local de la actividad a desarrollar ya sea por el monto o la calidad de las inversiones, el beneficio a los consumidores y, prioritariamente la mayoritaria ocupación de mano de obra local.
  • En el caso de que el o los solicitantes sean extranjeros deberán presentar, además, fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad para extranjeros, 1º y 2º hoja, o constancia de permanencia legal.

Baja de Establecimientos

 

1- Formulario de baja de local habilitado (F.1583)

2- Informe de deuda del inmueble y del contribuyente expedido por Subsecretaria de Hacienda.

3- Presentar el último certificado de habilitación municipal.

4- BAJA RETROACTIVA: presentar comprobante de servicios que justifique fecha de vencimiento del mismo.